En caso de renuncia el 2% del haber y en el caso de rescindir el 4% del haber. Para ambos casos el haber remanente se reintegrará con la liquidación del grupo.
En caso de renuncia el 2% del haber y en el caso de rescindir el 4% del haber. Para ambos casos el haber remanente se reintegrará con la liquidación del grupo.